Alegaciones a expediente sancionador en materia de transporte


Alegaciones al procedimiento sancionador de Transportes.


Trámite para la presentación de alegaciones al Procedimiento Sancionador de Transportes del Cabildo de Gran Canaria.

Destinatarios

En este procedimiento, tienen la consideración de Interesados las personas físicas o jurídicas que hayan sido objeto de incoación de expediente sancionador en materia de Transportes por el Cabildo de Gran Canaria.

Si va actuar como persona jurídica, previamente a la cumplimentación del formulario, por favor, compruebe que tiene un certificado digital de representación de la entidad a la que represente (vea más información sobre el uso de la representación con certificados digitales de representación en el siguiente enlace: https://sede.grancanaria.com/informacion-representacion), o bien, si se representa a sí mismo (caso de autónomos, por ejemplo), su certificado personal. También podrá actuar en representación o por autorización de un tercero (vea las instrucciones más adelante). Recuerden acceder a la Carpeta Ciudadana para comprobar y actualizar los datos (al menos dirección postal, dirección de correo electrónico, móvil y teléfono).


Para iniciar el trámite para la presentación de alegaciones al procedimiento sancionador en materia de transportes, haga clic en el siguiente botón.

Iniciar trámite.

 

Para comprobar que su equipo cumple todos los requisitos técnicos o si tiene problemas técnicos para realizar el trámite, haga click en el siguiente botón. 

 Comprobar

El formulario de presentación de alegaciones al procedimiento sancionador de transportes consta de 7 pasos:

 

  1.  
    Identificación:
    • Se extraerá sus datos de identificación después de haber accedido a los mismos tras su autenticación. Cuando finalice, haga clic en SIGUIENTE.
    • Si va a actuar en representación o  autorización de un tercero, podrá marcar la casilla correspondiente y elija después la opción representación o autorización, según proceda (lea las indicaciones). Por último, tendrá que consignar los datos básicos del representado/autorizante (si carece de segundo apellido, escriba un punto "."). Cuando finalice, haga click en SIGUIENTE
  2.  
    Contacto:
    • Se le mostrarán los DATOS DE CONTACTO disponibles en el Cabildo y podrá elegir alguno de los que consten. Si no existieran, podrá añadir nuevos datos en la carpeta ciudadana y luego regresar al formulario; posteriormente podrá escoger el dato de contacto que desee. Cuando finalice, haga clic en SIGUIENTE.
    • Si va a actuar en representación/autorización, primero seleccione si las notificaciones van a ir al representante/autorizado, en cuyo caso se le mostrarán sus datos de contacto de las bases de datos del Cabildo (si no existieran, vaya a la carpeta ciudadana). Si eligiera como datos de contacto los del representado/autorizado, rellene todo el formulario de datos. Cuando finalice, haga clic en SIGUIENTE.
  3.  
    Formulario: A continuación, deberá cumplimentar los datos reseñados.
  4.  
    Legal: Paso destinado a proporcionarle información acerca de cláusulas de protección de datos, cláusulas acerca de consentimiento, declaraciones responsables y cualquier otra, que sean precisas en virtud del procedimiento y de la ley.
  5.  
    Adjuntos: A este formulario se le puede acompañar DOCUMENTACIÓN (archivos de texto o imagen) para los que habrá que pinchar en el botón SUBIR ADJUNTOS. Es de especial importancia que siga las instrucciones de este paso y del procedimiento en general, ya que pudiera haber documentos que fueran obligatorios añadir. Si se identificó con Certificado Digital o DNIe (método Autofirma) y necesita firmar digitalmente con su certificado digital algún documento PDF que adjunte, y no lo ha firmado hasta ahora, podrá hacerlo en este paso. Cuando finalice, haga clic en SIGUIENTE.
  6.  
    Firma: En este paso se le muestra el documento de solicitud que usted va a firmar. Si su navegador no dispone de la posibilidad de la visualización on-line del documento, entonces se le mostrarán los datos, textos y relación de documentos adjuntos que conforman la solicitud. Si lo desea puede volver a las pantallas anteriores pinchando en ANTERIOR. Si está de acuerdo pinche en FIRMAR Y REGISTRAR en el que se le volverá a solicitar que seleccione su CERTIFICADO DIGITAL (si se identificó al principo con Autofirma) o que otorgue su consentimiento a la firma electrónica basada en evidencias (si se identificó con CL@VE).
  7.  
    Resguardo: Si todos los pasos anteriores han ido correctamente, en este último paso se nos muestra el número, fecha y hora de registro. Así mismo podemos DESCARGAR EL RESGUARDO que es el documento digital en PDF firmado electrónicamente firmado y sellado por el Cabildo de Gran Canaria (y por el interesado, si utilizó el sistema de identificación Autofirma). En caso de que se haya identificado en CL@VE, también podrá descargar el documento de evidencias electrónicas protegido mediante firma electrónica por el Sello Electrónico del Cabildo de Gran Canaria. En cualquier caso, estos documentos digitales puede ser verificados.

Objeto del trámite

Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores en relación con denuncias de la Guardia Civil o de la Policía Local, así como de Actas de infracción de la Sección de Inspección del Cabildo de Gran Canaria.

 

MATERIAS REGULADAS POR LA NORMATIVA ESTATAL:

MATERIAS REGULADAS POR LA NORMATIVA AUTONÓMICA:

  • TRANSPORTE PÚBLICO DISCRECIONAL DE MERCANCÍAS MDP/MDL

  • TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE MERCANCÍAS (MPC)

  • TRANSPORTE PUBLICO DISCRECIONAL DE VIAJEROS (+ 9 PLAZAS)

  • TAXIS (TRANSPORTE DE VIAJEROS EN VEHÍCULOS DE HASTA 9 PLAZAS)

  • TRANSPORTE TURÍSTICO

  • TRANSPORTE ESCOLAR

  • TRANSPORTE DE OCIO Y RECREO

  • TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE VIAJEROS

  • ALQUILER SIN CONDUCTOR

  • ALQUILER CON CONDUCTOR

  • TRANSPORTE SANITARIO

  • TRANSPORTE FUNERARIO

  • OBLIGACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

    Competencia: Decreto 159/1994, de 21 de julio, de Transferencia de Funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable.

    Normativa sectorial de aplicación:

 

1. FASES DE LA TRAMITACIÓN DE SANCIONES

  • Boletín de denuncia

  • Diligencias previas

  • Resolución de incoación si procede o archivo de actuaciones

  • Plazo para presentar alegaciones

  • Propuesta de resolución

  • Recursos (de Reposición o Contencioso-Administrativo)

 

2. PLAZOS Y PORCENTAJE DE DESCUENTO POR PRONTO PAGO

MATERIAS

LEY ESTATAL (LOTT)

MATERIAS

LEY CANARIA (LOTCC)

INICIO DEL CÓMPUTO

30 días hábiles (excluir S, D y festivos)

30%

15 días hábiles (excluir S, D y festivos)

25%

El día siguiente de la notificación de la Resolución de incoación

 

 

 

 

 

 

3. EXAMEN DEL EXPEDIENTE

De conformidad con lo establecido en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los expedientes administrativos están a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Transportes, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 en los meses de octubre a junio, y de 9:00 a 13:00 en los meses de julio, agosto y septiembre.

 

4. CITA PREVIA

CITA PREVIA SANCIONES TRANSPORTES

928219229

 

5. CONTACTO 

 Teléfonos: 928 219344-219345 o 928219421 (centralita del Cabildo)

Fax: 928219351

E-mail: sancionestransportes@grancanaria.com

Consejería

Consejería de Gobierno de Presidencia y Movilidad Sostenible

Plazos de presentación

  • ALEGACIONES:

PARA TODAS LAS MATERIAS

(LOTT Y LOTCC)

INICIO DEL CÓMPUTO

10 días hábiles (excluir S, D y festivos)

El día siguiente de la notificación de la Resolución de incoación

 

 

 

 

 

Órgano competente para resolver: Consejero de Obras Públicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad.

  • RECURSOS:

PARA TODAS LAS MATERIAS

(LOTT Y LOTCC)

INICIO DEL CÓMPUTO

Recurso de reposición

(puede interponerlo o no)

1 mes

El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora

Recurso Contencioso – administrativo

(puede interponerlo directamente contra la resolución sancionadora o una vez desestimado el Recurso de reposición)

2 meses

El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora si lo hace directamente o, si se ha interpuesto Recurso de Reposición, desde el día siguiente de la notificación del acuerdo del Consejo de Gobierno resolviendo aquél.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Órgano competente para resolver: Consejo de Gobierno Insular

Legislación general


Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento


Vías de tramitación

  • Presencial
  • Sede

Cómo iniciar el procedimiento

  • Servicio de Transportes, Prof. Agustín Millares Carló, 10- 1ª planta, 35003, Las Palmas de Gran Canaria.

  • OIAC (Oficina de Información y Atención al Ciudadano) del Cabildo de Gran Canaria, calle Pérez Galdós s/n, 35002, Las Palmas de Gran Canaria.

  • En los lugares indicados en el art. 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En caso de que se opte por la presentación presencial de documentos en alguno de los Registros habilitados al efecto, distinto de los de la Corporación, el interesado podrá remitir el escrito de interposición con su sello de Registro al correo indicado a fin de que puedan ser tenidos en cuenta en caso de demora en su recepción. En ningún caso el correo electrónico será sustitutivo del Registro físico, de forma que los documentos presentados sólo por correo electrónico no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de cumplimiento de plazos.

 

Si dispone de certificado electrónico, podrá presentar los documentos en formato pdf adjuntándolos a la Instancia General que deberá cumplimentar en la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/informacion-instancia)

Órgano de inicio

El Titular de la Consejería de Gobierno de Obras Publicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad.

Órgano de resolución

El Titular de la Consejería de Gobierno de Obras Publicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad. - Consejo de Gobierno Insular.

Plazos de resolución

 

LEY ESTATAL

(LOTT)

LEY CANARIA

(LOTCC)

INICIO DEL CÓMPUTO

CADUCIDAD (1)

1 año

1 año

Fecha de la resolución de incoación

PRESCRIPCIÓN (2)

1 año

  • Muy graves: 3 años
  • Graves: 2 años
  • Leves: 3 años

Fecha de la denuncia





 

Recursos

 

PARA TODAS LAS MATERIAS

(LOTT Y LOTCC)

INICIO DEL CÓMPUTO

Recurso de reposición

(puede interponerlo o no)

1 mes

El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora

Recurso Contencioso – administrativo

(puede interponerlo directamente contra la resolución sancionadora o una vez desestimado el Recurso de reposición)

2 meses

El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora si lo hace directamente o, si se ha interpuesto Recurso de Reposición, desde el día siguiente de la notificación del acuerdo del Consejo de Gobierno resolviendo aquél.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Órgano competente para resolver: Consejo de Gobierno Insular

 

  • SILENCIO ADMINISTRATIVO

De conformidad con lo establecido en el art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el sentido del silencio será desestimatorio en los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados. La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.