Representación
La regulación de la representación, a efectos de las relaciones con las Administraciones Públicas, se encuentra en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
El Reglamento (UE) Nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transaciones electrónicas en el mercado interior, reconoce tres tipos de certificados de representante cualificados:
Actuando con un certificado de representación, tendrá la opción de actualizar los datos de contacto de la entidad, ver los documentos presentados en nombre de la entidad o recibidos para dicha entidad, iniciar trámites como representante (en este caso en las solicitudes se le permitirá seleccionar los datos de contacto, si desea que las notificaciones se hagan al representante o al representado), y otras muchas funcionalidades que se incorporan día a día a esta Sede Electrónica.
Dispone de un manual (descárguelo en el siguiente enlace: Guía de operación en modo de Representación ) que le permitirá aclararle el funcionamiento de la sede con certificados de representación, tanto para verificar y cambiar datos de contacto, como para la tramitación.
Si usted dispone de alguno de estos tipos de certificado digital de representante, podrá interactuar con la Sede Electrónica del Cabildo de dicha forma.