Calendario de días inhábiles

Tal y como establece la Ordenanza reguladora de la creación del Registro Electrónico del Cabildo de Gran Canaria, el Registro Electrónico estará a disposición de sus usuarios las veinticuatro horas del día, todos los días del año, excepto las interrupciones que sean necesarias por razones técnicas.

A los efectos de cómputo de plazo fijado en días hábiles o naturales, y en lo que se refiere a cumplimiento de plazos por los interesados, la presentación en un día inhábil se entenderá realizada en la primera hora del primer día hábil siguiente.

Serán días inhábiles a efectos del Registro Electrónico, los señalados en el calendario publicado en la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria, comprensivo de los días inhábiles determinados anualmente para todo el territorio nacional, además de los establecidos por Decreto de la Comunidad Autónoma de Canarias en su ámbito territorial y en el de la isla de Gran Canaria.


Durante el año 2024, tendrá consideración de días inhábiles:

  • Todos los sábados y domingos.
  • 1 de enero, lunes, Año nuevo.
  • 6 de enero, sábado. Epifanía del Señor.
  • 13 de febrero, martes. Martes de Carnaval.
  • 28 de marzo, jueves. Jueves Santo.
  • 29 de marzo, viernes. Viernes Santo.
  • 1 de mayo, miércoles. Fiesta del Trabajo.
  • 30 de mayo, jueves. Día de Canarias.
  • 24 de junio, lunes. Conmemoración de la Fundación de la Ciudad.
  • 15 de agosto, jueves. Festividad de la Asunción de la Virgen.
  • 9 de septiembre, lunes. Día siguiente a la Festividad de Nuestra Señora del Pino.
  • 12 de octubre, sábado. Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, viernes. Todos los Santos
  • 6 de diciembre, viernes. Día de la Constitución Española.
  • 25 de diciembre, miércoles. Natividad del Señor.

El inicio del cómputo de los plazos que hayan de cumplir los órganos administrativos vendrá determinado por la fecha y hora de presentación en el propio registro o por la fecha y hora de entrada en el registro del destinatario. En todo caso, la fecha efectiva de inicio del cómputo de plazos deberá ser comunicada a quien presentó el escrito, solicitud o comunicación.