Funciones de los Agentes de Medio Ambiente

NORMATIVA

-Ley 43/2003, de Montes.

-Ley de Enjuiciamiento Criminal (art. 283.6).

-Ley 17/2015, del Sistema Nacional de Protección Civil (art. 17).

-Ley 8/1989, de Creación del Cuerpo de Agentes de Medio Ambiente.

-Decreto 133/1995, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Cuerpo.

-Ley 7/1998, de Caza de Canarias y su reglamento de ejecución

-Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias (D.A.9)

-Ley 11/2019, de 25 de abril, de Patrimonio Cultural de Canarias (D.A.1).

-Decreto 178/2000, por el que se regula las actividades de observación de cetáceos.

-Orden de 28 de mayo de 2014, por la que se aprueba la estrategia para la erradicación del uso ilegal del veneno en el medio no urbano de Canarias.

-Orden de 28 de febrero de 2001, por la que se aprueba la norma reguladora del uniforme de los funcionarios/as, pertenecientes al cuerpo Agentes de Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

TRES BLOQUES FUNCIONALES

I. Policía mixta de carácter administrativo especial y judicial genérica en el ámbito medioambiental.
Corresponde a los Agentes de Medio Ambiente cumplir y hacer cumplir la normativa medioambiental, denunciando las presuntas infracciones administrativas y delitos ambientales de las que tuvieren conocimiento,
gozando a tales efectos de la condición de agentes de la autoridad y policía judicial genérica.

II. Colaboración en la gestión técnica medioambiental.
Compete a los Agentes de Medio Ambiente prestar apoyo a la gestión técnica de los montes y espacios naturales protegidos, y especialmente, realizar la inspección, supervisión, control y seguimiento de los trabajos realizados
en materia de conservación, aprovechamientos, mejoras y repoblación de montes. Además, participan en tareas relacionadas con el uso social, recreativo y didáctico de los espacios naturales.

III. Participación en las emergencias medioambientales.
Los Agentes de Medio Ambiente participan en la prevención y extinción de los incendios forestales, como mandos intermedios del operativo de extinción del Cabildo de Gran Canaria; colaboran en operativos de emergencias por condiciones climatológicas adversas; colaboran en la búsqueda y localización de personas desaparecidas en montaña, así como en casos de vertidos en el medio natural.